Se incentivará el ahorro y el empleo de los jóvenes a través de aportes del Estado, los que se entregarán durante los primeros 24 meses de empleo de cada joven y estará constituido por un subsidio al empleador y un aporte a la Cuenta de Capitalización Individual del trabajador joven. Los primeros 24 meses de cotizaciones pueden ser continuos o discontinuos.
¿En qué consiste?
Los empleadores recibirán un subsidio mensual equivalente a la mitad de la cotización previsional calculado sobre un salario mínimo($7.200, un 5% del salario mínimo), por cada trabajador que tenga entre 18 años y 35 años, cuyos ingresos sean inferiores a 1,5 veces el sueldo mínimo mensual, es decir, que ganen menos de $216.000. Los trabajadores por su parte recibirán mensualmente en su Cuenta de Capitalización Individual un aporte del Estado por igual monto que el subsidio otorga a los empleadores, el que no estará afecto a cobro de comisiones por parte de la AFP.
En casos de aumentos en remuneración del trabajador joven, el subsidio se mantendrá, cuando la remuneración no exceda dos ingresos mínimos mensuales y siempre que el aumento se produzca desde el décimo tercer mes que se percibe el beneficio.
El Instituto de Previsión Social será el encargado de administrar este beneficio.
Con estos beneficios se busca fomentar el empleo juvenil, aumentar los fondos previsionales de los trabajadores jóvenes e incrementar la cobertura.
¿Cuándo entra en vigencia?
El subsidio al empleador entró en vigencia el 1° de octubre de 2008, mientras que el subsidio al trabajador regirá desde el 1° de julio del 2011.