Pago Preliminar

Es una serie de pagos mensuales, solicitados por el afiliado, que se realizan entre la aceptación de la Solicitud de Pensión y la opción de la Modalidad de Pensión, y que se calcularán en forma similar al Retiro Programado. Para la acreditación de este beneficio los certificados pueden ser reemplazados por la Cédula de Identidad y la Libreta de Familia, exhibidas al funcionario de la AFP.

La AFP emite un Certificado de Reconocimiento del Derecho de Pensión, señalando la fecha del primer pago (10 días hábiles contados desde la fecha de emisión del Certificado antes mencionado).

De acuerdo a la norma vigente, esta opción se ejerce al momento de suscribir la solicitud de pensión.