Herencia
Constituyen herencias los saldos de Cuenta Individual, Cuenta de Ahorro Voluntario y Fondos de Indemnización.
Constituyen herencias el Saldo de la Cuenta Individual en los siguientes casos:
- Fallecimiento del afiliado por causas reguladas por Ley 16.744.
- Inexistencia de beneficiarios de pensión de sobrevivencia.
- Extinción de beneficiarios de pensión de sobrevivencia en retiros programados.