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Procedimiento de Pago

Las cotizaciones previsionales para trabajadores dependientes se pagan dentro de los primeros 10 días del mes siguiente en que es percibida la remuneración, es decir, la cotización previsional correspondiente a la remuneración del mes de marzo, se deberá pagar durante los 10 primeros dÌas del mes de abril.

Si el empleador no puede realizar el pago dentro de esos días, la Ley establece que dentro de ese mismo período deberá efectuar la "Declaración y No Pago de Cotizaciones", con toda la información respecto al monto de las remuneraciones y la identificación de los respectivos afiliados. Al momento de regularizar la situación y realizar el pago de las cotizaciones atrasadas, se deberá cancelar además los intereses y reajustes sobre el monto de las cotizaciones adeudadas al que se encuentre afecto. Además, se debe tener presente que el artículo 19 del D.L. 3500 establece una multa para aquellos empleadores que no pagan ni declaran las cotizaciones previsionales dentro del plazo mencionado anteriormente.


AFP Provida pone a disposición de sus empleadores 2 formas de pago de cotizaciones:

  • En Internet
  • En Banco Estado, Banco Santander, Banco Chile, CCAF Los Andes.

Además, para hacer más expeditos sus trámites, descargue aquí su:

Para declarar y pagar sus cotizaciones previsionales, descargue aquí sus: